Subvenciones para mejorar la eficiencia energética en viviendas de la Comunidad Valenciana

¿Te gustaría hacer una gestión más eficiente del consumo energético de tu hogar? Ahora dispones de ayudas para las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, las llamadas “Ayudas Next Generation EU”. Sigue leyendo para obtener más información sobre los requisitos, cuantía y actuaciones subvencionables.

Acciones subvencionables

Las obras que están sujetas a esta subvención, según se dispone, son:

  • Las que se realicen en viviendas y logren una reducción anual de, al menos, el 7 % en la demanda energética total de calefacción y refrigeración, o una disminución de más del 30 % en el consumo de energía primaria no renovable.
  • Acciones que involucren modificaciones o reemplazos de elementos constructivos en la envolvente térmica de los edificios. Y es aquí donde desde ANT Soluciones te podemos ayudar.

Cuantía

Los costes que pueden ser cubiertos, además de los gastos de ejecución de las obras, incluyen los asociados a la gestión de la acción y cualquier otro gasto relacionado. Esto abarca los honorarios de los profesionales, la preparación de los proyectos, los informes técnicos y los certificados necesarios, así como los gastos administrativos.

Estas actuaciones pueden ser elegibles para la subvención, siempre y cuando estén adecuadamente justificadas. Sin embargo, no se consideran gastos subvencionables los relacionados con licencias, tasas, impuestos o tributos. Cabe destacar que el IVA podría ser considerado elegible, a menos que pueda ser recuperado o compensado en su totalidad o en parte.

Requisitos para optar a la subvención

Los principales aspectos que deben tenerse en cuenta antes de solicitar esta subvención son:

Las viviendas que deseen beneficiarse de este plan deben ser el lugar de residencia habitual y permanente de sus ocupantes. El coste de las mejoras debe ser igual o superior a 1.000 € por cada vivienda.

¿Y quienes pueden solicitar esta prestación?

a) Propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas, tanto si son individuos como sí tienen personalidad jurídica en el ámbito privado o público.

b) Entidades gubernamentales, organismos públicos y otras entidades de derecho público, así como empresas públicas y sociedades mercantiles que estén total o mayoritariamente en manos de entidades gubernamentales propietarias de los inmuebles.

En el caso de viviendas unifamiliares, no se otorgarán estas contribuciones a las partes beneficiarias que ya hayan recibido asistencia para mejoras a nivel de edificio a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Tampoco se podrá obtener la prestación si se ha solicitado ya otro subsidio financiado por fondos europeos para el mismo proyecto.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo de presentación del requerimiento finaliza el 28 de diciembre de 2023. Asimismo, debes tener en cuenta que el plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de doce meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda.

¿Cómo pedirla?

Es importante saber que el procedimiento se tramita de forma electrónica. Sin embargo, los interesados en obtener la ayuda para mejorar la eficiencia energética en viviendas y que no cuenten con los recursos técnicos necesarios para llevar a cabo el proceso en línea, tienen la opción de acudir a las dependencias de las Direcciones Territoriales de la Conselleria en Alicante, Castellón o Valencia. También pueden visitar las Oficinas de la red XALOC, donde recibirán asesoramiento para formalizar su participación en el programa. Accede a este enlace para más infomación.

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